- A partir del 1 de enero de 2023, muchas empresas de servicios que hoy no pagan IVA deberán hacerlo, de acuerdo a los cambios establecidos en la ley 21.420, que introdujo cambios en la Ley sobre Impuesto a la Renta.
- Para conocer con más detalle este tema y saber cómo actuar, yosoynoticiachile realizó un Live en el que conversó con Erick Rosales Toro, consultor tributario de Just Time Asesorías SpA.
Actualmente, gran parte de las empresas de servicios están exentas del pago de IVA, sin embargo, en febrero de este año se publicó la Ley 21.420, destinada a eliminar o reducir las exenciones tributarias para aumentar la recaudación fiscal.
En virtud de esta ley, desde el 1 de enero de 2023, todos los servicios quedarán gravados con el pago de IVA, salvo los servicios profesionales prestados por personas naturales que emitan boleta de honorarios, las sociedades de profesionales y los servicios educacionales, de transporte de personas, de arriendo de inmuebles sin amoblar y ambulatorios de salud.
En un Live realizado recientemente, yosoynoticiachile conversó con Erick Rosales Toro, consultor tributario de Just Time Asesorías , quien comentó que la medida anunciada ha generado un gran impacto. “Esto significa que muchos servicios que antes estaban exentos, como por ejemplo, servicios de consultoría, contables, de publicidad y muchos otros, ahora tendrán que emitir su factura afecta a IVA”, sostuvo.
Para ello, deberán requerir al SII la habilitación de su giro afecto e informar a sus clientes que recargarán el valor de sus servicios con el IVA (19%).
Cabe señalar que de aquí a fin de año, el Servicio de Impuestos Internos tiene que dar la opción de poder cambiar la conformación societaria a fin de ser una sociedad profesional, en caso de cumplirse con los requisitos. En caso de no acatarse este plazo, hay que efectuar una petición administrativa al SII para respaldar que la empresa está haciendo este tipo de transformación.
En este contexto, hay que estar atentos a lo que indique la plataforma del SII en torno a esta materia. El consultor tributario enfatizó que, en los casos de las sociedades profesionales, estas deben demostrar sus conocimientos en torno al servicio profesional entregado para quedar exentas.
Para más detalles de lo que significa esta ley que entrará en vigencia desde el 1 de enero 2023, pueden ver la entrevista en el siguiente link: